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Ordenan pagar $15,6 millones a tres jóvenes lesionados en un colectivo

La Justicia responsabilizó al conductor y a Mar del Bus por las lesiones sufridas al atravesar un badén en Fortunato de la Plaza y Vergara.

9 de octubre de 2026
Colectivo de la línea 132 circulando por una calle de Buenos Aires.
Barcex / Wikimedia Commons — CC BY-SA 3.0. https://commons.wikimedia.org/wiki/User:Barcex. Archivo, Buenos Aires, 2012; imagen ilustrativa.

El Juzgado Civil y Comercial N.º 3 de Mar del Plata ordenó indemnizar con $15,6 millones más intereses a tres jóvenes que sufrieron lesiones durante un viaje en colectivo en marzo de 2023. La decisión, difundida este viernes por 0223, responsabilizó a la empresa Mar del Bus y al conductor de la unidad.

El episodio ocurrió cuando el vehículo atravesó un badén en la avenida Fortunato de la Plaza, a la altura de Vergara. El movimiento del colectivo provocó la caída de los pasajeros, que viajaban a una degustación para definir el lugar de su fiesta de egresados.

La ubicación del hecho fue uno de los elementos centrales de la reconstrucción del viaje. El cruce señalado pertenece a Mar del Plata y la intervención judicial también se desarrolló en la ciudad, a través del fuero Civil y Comercial.

Los tres jóvenes recibieron atención en el Hospital Privado de Comunidad por golpes y traumatismos. La información publicada indica que los registros médicos y los testimonios incorporados al proceso permitieron acreditar las consecuencias del movimiento de la unidad.

Aunque los reclamos se tramitaron en expedientes separados, el juzgado los resolvió mediante una misma sentencia. El monto informado equivale a $5,2 millones para cada damnificado y contempla los rubros reconocidos en el fallo, a los que deben sumarse los intereses correspondientes.

La resolución puso el foco en la obligación de seguridad del transporte de pasajeros. Según la reseña de 0223, el juez consideró que la empresa y el chofer debían garantizar que quienes viajaban llegaran a destino sin sufrir daños durante el traslado.

En ese marco, la evaluación judicial vinculó el salto del colectivo con la forma en que se atravesó el badén. El conductor debía advertir esa característica de la calzada y adecuar la marcha para evitar un movimiento capaz de provocar caídas.

La defensa sostuvo que los pasajeros estaban distraídos y no se encontraban correctamente sujetos. El juzgado rechazó ese planteo porque no se habían aportado pruebas suficientes para atribuirles responsabilidad por lo sucedido.

La condena alcanzó a Mar del Bus y al chofer, y se extendió a la aseguradora citada en garantía. Se trata de una decisión sobre la reparación económica de los daños derivados del viaje, ocurrido más de tres años antes de la publicación de la noticia.

El fallo reúne así dos aspectos del caso local: las lesiones sufridas durante el recorrido por Fortunato de la Plaza y la responsabilidad de quienes prestaban el servicio. La suma fijada constituye el capital de la indemnización; el total a abonar dependerá también de los intereses establecidos judicialmente.